Javier Benegas y Juan M. Blanco
En junio de 2011, el Juzgado de Violencia de Género nº 1 de Valencia condenaba a un varón a un mes de multa por soltar una “ruidosa ventosidad” durante una discusión con su pareja. Ella lo denunció y el juez falló que el acto constituía delito de violencia de género por atentar contra la dignidad de la mujer. Quizá el juez disponía de un finísimo olfato de sabueso… o conocía bien por dónde soplan ciertos vientos. Lo cierto es que se agarró a argumentos etéreos, más bien gaseosos, para convertir en delito lo que siempre ha sido una mera vulgaridad, una falta de educación y decoro. Si alguien puede ser condenado por aliviarse el vientre con ostentación y alharacas, también debería ser punible la fea costumbre de hurgarse la nariz al parar en los semáforos.
Esta noticia, que parece más propia de El Mundo…
Ver la entrada original 1.503 palabras más