Esto iba de inocular una sustancia no aprobada hasta ese momento en humanos.
El 17 de diciembre de 2019, la Cámara de Representantes de Estados Unidos modificó considerablemente un proyecto de ley que pretendía actualizar los reglamentos financieros estadounidenses e introdujo en ese texto una enmienda que define el ARN mensajero como una vacuna (Sec 605 Biological Product Definition).

La ley ya enmendada se adoptó y fue promulgada el 20 de diciembre de 2019 (H.R.1865 – Further Consolidated Appropriations Act, 2020).
Pocos días después, estallaba en China la epidemia inicial de Covid-19. Durante los meses siguientes, a varios grandes laboratorios “se les ocurrió” utilizar el ARN mensajero como vacuna para enfrentar el Covid-19, recurso en el cual nadie había pensado antes… exceptuando a los “científicos” del Congreso de Estados Unidos.
“Myriad obtuvo una serie de patentes, incluida una que le otorgaba el derecho exclusivo a aislar los genes, y otra que le daba el derecho exclusivo a crear sintéticamente los genes a partir del ácido ribonucleico mensajero (ARNm). Esta creación sintética se denominó ADN complementario (ADNc). El Dr. Harry Ostrer (demandante) presentó una demanda para que se declarara la invalidez de las patentes de Myriad. El Tribunal Supremo de los Estados Unidos concedió el certiorari.” [Fuente: United States Supreme Court: Association for Molecular Pathology v. Myriad Genetics, Inc., 569 U.S. 576 (2013), 133 S. Ct. 2107 (2013)]
En 2013 Un Tribunal Estadounidense Dictaminó Que La Modificación Del Genoma Humano Mediante Una Inyección De ARNm Crea Un Nuevo Genoma Que Puede Patentarse Y Ser Propiedad Del Titular De La Patente
Por Anna Maria Riezinger (Anna von Reitz)
En 2013, en el caso del Tribunal Supremo de Estados Unidos: “Association for MolecularPathology Vs. Myriad Genetics, Inc. 569 U.S. 576 (2013)”, el tribunal dictaminó que la modificación del genoma humano mediante una inyección de ARNm crea un nuevo genoma que puede patentarse y ser propiedad del titular de la patente. Es decir que todos los que recibieron la supuesta vacuna están ahora “patentados” y son propiedad de esos monstruos. Todos los que han sido inyectados son considerados “transhumanos”.
Los transhumanos no se consideran naturales, por lo que no tienen Derechos Naturales e Inalienables.
Los transhumanos no se consideran humanos, por lo que no tienen derechos humanos.
Los transhumanos no pueden tener derechos civiles iguales, porque se ha destruido cualquier estándar de derechos “iguales”.
La Resolución H.J. 48 del 116º Congreso, es decir, el Congreso Territorial de los Estados Unidos, (2019-2020), propone una Enmienda Constitucional para que los derechos protegidos por los acuerdos constitucionales se apliquen “sólo a las personas físicas”.
Estos resultados —defraudar, deshumanizar y esclavizar a las personas vivas para servir a los intereses corporativos— se han perseguido a través de un engaño deliberado y la no divulgación como un esquema de fraude con el objetivo de evadir las obligaciones constitucionales y las leyes y convenciones internacionales, con el fin de apoderarse de las poblaciones humanas y esclavizarlas como siervos “transhumanos”.
Los responsables de estos ataques mercenarios son criminales internacionales a los que ningún tribunal o sistema jurídico debe dar cuartel.
El fraude vicia todas sus reclamaciones bajo el Derecho Civil Romano.
Sus actos de piratería interior y conversión ilegal vician todas sus reclamaciones bajo el Derecho del Almirantazgo.
Y la máxima del derecho: “La posesión por parte de los piratas no cambia la propiedad” vicia sus reclamaciones bajo el derecho marítimo.
Añadiríamos que los intentos de oscurecer la naturaleza y la procedencia de los bienes robados, activos terrestres en este caso, no confieren en modo alguno ningún interés de valor añadido a los autores de estos delitos, que son simplemente delincuentes que tratan de caracterizar erróneamente, redefinir y destruir a sus Acreedores Prioritarios.
Deseamos una completa, inmediata y poderosa excoriación de estos esfuerzos para establecer un sistema de Feudalismo Corporativo y para socavar la salud, la naturaleza y el libre albedrío de la Humanidad.
Deseamos la emisión inmediata de órdenes de arresto internacionales contra los miembros del Congreso Territorial Británico de los Estados Unidos, la Corte Suprema de los Estados Unidos, Larry Fink, CEO de BlackRock, Inc. y sus derivados, William H. Gates, III, ex CEO de Microsoft, Inc, el Dr. Anthony Fauci, empleado de los Institutos Nacionales de Salud, Inc., los funcionarios y miembros de la junta directiva de los Centros de Control de Enfermedades, Inc., Pfizer, Inc., Astrazenaca, Inc., Moderna, Inc., Johnson and Johnson, Inc. y otros responsables de la promoción y ejecución de estos crímenes contra la humanidad.
Estas escandalosas reclamaciones y daños causados a personas inocentes en nombre del beneficio mercenario y político deben ser contrarrestados con la liquidación de estas corporaciones y el castigo de los Funcionarios y Miembros de la Junta.
El actual gobierno estadounidense actuando en jurisdicción internacional, nuestra Federación no incorporada de Estados haciendo negocios como Los Estados Unidos de América desde 1776, está listo para ayudar y aprobar la aprehensión y persecución de estos criminales.
Anna Maria Riezinger, Fiduciaria,
Los Estados Unidos de América.